diciembre 27, 2024

TEPJF resuelve que promoción del “voto útil” fue legal

TAMBIÉN SE DESECHARON QUEJAS DE MORENA

El Respetable

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió que la promoción del Voto Útil en favor de los ex candidatos Xóchitl Gálvez a la presidencia de la República y Pablo Lemus al Gobierno del Estado de Jalisco estuvo dentro del marco de la legalidad, al tiempo que desechó las quejas de MORENA (Movimiento de Regeneración Nacional) y declaró inexistencia de supuestas conductas ilícitas atribuidas a Salvador Cosío Gaona y a los partidos Movimiento Ciudadano (MC), Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN) y Partido de la Revolución Democrática (PRD), en relación a la campaña en mención. 

El Tribunal determinó que fue por derecho propio, en el ámbito del derecho a la libre expresión y a la libre manifestación de las ideas, que todo lo realizado y contratado fue sin haber tenido convenio alguno con los partidos o candidatos mencionados. Consideró a su vez que no se le dio rango de propaganda electoral y desechó toda queja de MORENA al respecto.

Sesión del TEPJF.

…”podemos advertir que no se está en presencia de propaganda electoral, toda vez que, si bien en el caso concreto se promueve y presenta a Pablo Lemus como candidato a gobernador y Xóchitl Gálvez como candidata a la Presidencia de la República, esto se realizó por parte de personas ciudadanas ajenas a las candidaturas referidas y a los partidos políticos denunciados, esto debido a que al momento de la colocación de los espectaculares y de las publicaciones en redes sociales ninguna de las personas de las que se tiene certeza que lo hicieron tenía alguna relación partidista directa o indirectamente con ninguno de los institutos políticos referidos, ni recibieron órdenes o solicitudes para que llevaran a cabo esto puesto que como se ha dicho fue por simpatía con las candidaturas específicas”.

Agrega

“Este órgano jurisdiccional considera que la aparición de Xochitl Gálvez y Pablo Lemus en los espectaculares y las publicaciones denunciados no constituyen vulneración a las reglas de propaganda electoral por la posible confusión del electorado, en la medida en que su presencia fue ajena a las personas candidatas mencionadas y a los partidos políticos denunciados y el contenido del mensaje que se presenta se trata de un punto de vista ciudadano en relación con la simpatía diversa que se tiene por dos candidaturas, a la Presidencia de la República y a una gubernatura aunque se tratase de postulaciones por partidos políticos diversos”.

De tal suerte, el máximo tribunal electoral del país, declaró “inexistentes” las infracciones denunciadas por el partido MORENA, al tiempo que determinó el asunto como “concluido”.

Así lo resolvieron, por unanimidad de votos, las magistraturas que integran el Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ante la Secretaría de Acuerdos en Funciones. Magistrado Presidente Luis Espíndola Morales, Magistrada Mónica Lozano Ayala, Magistrada Laura Berenice Sámano Ríos, Secretaria General de Acuerdos Lucila Eugenia Domínguez Narváez.

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