marzo 31, 2024

Aprueba IEPC Jalisco procedencia de candidaturas a diputaciones y munícipes para el Proceso Electoral Local Concurrente 2023-2024

SISTEMA INTEGRAL DE REGISTRO DE CANDIDATURAS (SIRC) FUNCIONÓ DE MANERA ADECUADA

El Respetable

En la cuarta sesión extraordinaria, el Consejo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC Jalisco) aprobó este 30 y 31 de marzo la procedencia de las candidaturas independientes, de coaliciones y de partidos políticos a diputaciones por el principio de Mayoría Relativa (MR) y Representación Proporcional (RP), y de munícipes para el proceso electoral local concurrente 2023-2024.

La consejera presidenta del IEPC Jalisco, Paula Ramírez Höhne, explicó que los nueve partidos políticos acreditados en el estado y las dos coaliciones que participan en esta elección presentaron solicitudes de registro para postular a 7,042 personas para contender por los 1,519 cargos de munícipes y diputaciones en esta elección. De ellas, 281 solicitudes de registro corresponden a la elección de diputaciones: 120 para diputaciones de mayoría relativa y 161 de representación proporcional.

En el caso de diputaciones se aprobaron 120 postulaciones de las tres fuerzas políticas que participan en la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa, y 154 de las 161 solicitudes de registro presentadas para contender por la vía de la representación proporcional.

Para las elecciones municipales a los cargos de presidencias, sindicaturas y regidurías se presentaron un total de 6,761 solicitudes de registro, en 445 planillas. Los proyectos aprobados son cerca de 6 mil candidaturas para los cargos mencionados.

Por la vía independiente, se aprobaron dos planillas de las candidaturas para los municipios de Tequila y Tonalá, encabezadas por Evelyn Sarahí Castañeda Chávez y Carlos Alberto Maestro Oceguera, respectivamente.

En los próximos días se darán a conocer las planillas de cada uno de los municipios, en virtud de que candidatos de los partidos Verde Ecologista de México, Futuro, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano interpusieron ante el Tribunal Electoral Estado de Jalisco diversos Juicios para la protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC), esgrimiendo como agravio la omisión de su partido político por no exhibir documentos para el registro de sus planillas; no obstante, argumentan haber cumplido en tiempo y forma con los requisitos de la convocatoria interna de selección de munícipes de su partido.

Ante estas circunstancias, el Tribunal determinó que el partido político está obligado a presentar ante el IEPC en un plazo no mayor a 12 horas, la documentación completa de la planilla o la documentación faltante, a fin de solicitar su registro en los cargos que fueron designados en el proceso interno del partido. Una vez entregada la información será revisada por el Instituto y se determinará la procedencia de estas candidaturas.

En total, el IEPC Jalisco revisó más de 60 mil documentos, realizó poco más de 5 mil 500 requerimientos, y ofreció soporte permanente durante todo el proceso de registro.

Las personas candidatas tendrán un plazo de 15 días a partir del día 3 de abril para publicar su información curricular e identitaria en la plataforma “candidatas y candidatos conóceles”, que podrá ser consultada por cualquier persona a través de la página de internet del IEPC Jalisco.

Las candidaturas registradas cumplieron con los requisitos establecidos en la Constitución Política y el Código Electoral del Estado para ocupar el cargo de diputaciones, sindicaturas, regidurías y presidencias municipales, y presentaron su informe de ingresos y gastos al INE, autoridad que determinó que ninguna rebasó los gastos de precampaña.

El IEPC revisó la documentación que acredita el cumplimiento de cada requisito de elegibilidad: el formato 3 de 3 contra la violencia, el certificado de no ser persona morosa alimentaria, el acuse de su declaración patrimonial (cuando correspondía), el acta de nacimiento, la credencial de elector, en su caso la constancia de residencia, por mencionar alguna de la información exigida y revisada.

También se verificó el cumplimiento a las reglas de postulación en paridad sustantiva (que garantizan que las mujeres no sólo sean postuladas en -al menos- igual número de cargos, sino también, en distritos y municipios igualmente competitivos, así como el cumplimiento de las disposiciones legales que obligan a partidos y coaliciones a postular personas con discapacidad, de la diversidad sexual, personas indígenas, juventudes y residentes en el extranjero.

Como resultado de la revisión y verificación después de la cual resultaron improcedentes algunas postulaciones, con base en el Artículo 26, Párrafo 5 de los Lineamientos de paridad y disposiciones a favor de grupos en situación de vulnerabilidad, la Secretaría Ejecutiva procedió a reorganizar las planillas para no dejar espacios vacíos y cumplir con los parámetros de alternancia en la paridad, así como a solicitar las anuencias correspondientes.

En los casos en los que no se cumplió con los parámetros que establece la ley en materia postulación en paridad, así como respecto de las medidas de inclusión, esta autoridad electoral, luego de múltiples requerimientos realizados, con base en los artículos 26 y 28 de los Lineamientos de paridad y disposiciones a favor de grupos en situación de vulnerabilidad, llevó a cabo los sorteos para determinar qué candidaturas perderían el registro en cada planilla. Se realizaron en total 50 sorteos: 2 sobre candidaturas a diputaciones de representación proporcional y a nivel municipal, 4 por incumplimientos en paridad, y 44 por no cumplir con postular a personas que pudiera acreditar participar como parte de alguno de los 5 grupos históricamente vulnerados.

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