Los diputados de la Legislatura LXI aprobaron una reforma bautizada como de “participación social”. Se incluyeron nuevas figuras de democracia directa y se redujeron los candados para aplicar las que ya existían, como eran plebiscito, referéndum e iniciativa ciudadana. Una añeja demanda, no sólo en Jalisco sino en todo el país, era la revocación de mandato, y también quedó reflejada en este paquete de reformas que modifican los artículos 2, 4, 6, 9, 11, 12, 28, 34, 47, 70, 78 y 84 de la Constitución política de Jalisco.
Un análisis completo, detallado de lo que significan estos cambios exige mucho más que el espacio de esta columna, pero estos renglones sí bastan para desarrollar una idea de la que los ciudadanos jaliscienses deben apropiarse: después de muchos años de espera y luchas dadas por asociaciones, académicos y diferentes sectores sociales, se abrió la puerta que mantuvieron cerrada las cúpulas partidistas y de poder para que la gente –así, genéricamente– pueda intervenir en decisiones de gobierno y legislación; proponer, rechazar, detener y decidir sobre una parte de la aplicación de los recursos públicos.
La revocación de mandato es un avance fundamental en una sociedad como la mexicana, azotada por la injusticia, la desigualdad, la corrupción y la impunidad. Con esta figura es posible echar del cargo a un funcionario público porque así lo considere la ciudadanía, sin esperar a que termine el período para el que fue electo.
No se permite la ingenuidad. Los diputados establecieron una serie de condiciones difíciles de cumplir.
Por ejemplo, la revocación sólo puede solicitarse y aplicarse hasta pasados 120 días después que haya transcurrido la mitad del tiempo para el que haya sido electo el funcionario. Además, para que la revocación sea válida “deberán participar en el procedimiento respectivo, por lo menos la misma cantidad de ciudadanos que lo hicieron en el proceso electoral donde resultó electo el representante popular sujeto a este mecanismo de participación democrática”. Y una condición adicional es que procederá “siempre y cuando el número de votos en el sentido de revocarlo sea mayor al número de votos por el que fue electo el representante popular sujeto del procedimiento”.
Se protegieron mucho los diputados y el gobernador Jorge Aristóteles Sandoval (cabe puntualizar que la redacción final del dictamen de la reforma es en su mayor parte autoría de los asesores del mandatario), pero al paso de un par de años y meses, habrá otros diputados y otro gobernador. Lo importante es que la figura existe y que los jaliscienses tienen ahora la posibilidad de aplicarla. Y en futuro cercano, las normas que recién se aprobaron podrían cambiarse nuevamente para hacer menos rigurosa la herramienta.
Importa mucho ahora que después de la reforma (y aún faltan los cambios en leyes secundarias), el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana que preside Guillermo Alcaraz, utilice su tiempo, sus recursos y su personal, en la difusión de estos cambios. Deben ocuparse, como es su obligación, en informar, en llevar el mensaje a todos los rincones del Estado, para que los jaliscienses sepan que ya no es indispensable soportar a un mal presidente municipal por autoritario o ignorante, o a un regidor, o un diputado. A un gobernador. Que sepan que basta organizarse para cambiar decisiones “oficiales”, para pedir que el dinero público se aplique en una obra que consideren importante, para impulsar a un candidato que no tenga partido político.
Hay muchas otras utilidades, pero hay que decírselo a todos.
Cuestiona el filósofo: ¿si el árbol cae en el bosque y nadie lo ve, cayó realmente?