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2016-01-29
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La batalla ganada

El debate de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al abordar el tema del matrimonio igualitario en Jalisco, abrió una nueva etapa en la defensa de los derechos de los ciudadanos, incluso por encima de las instituciones. Tanto el presidente de la Corte, Luis María Aguilar, como la ministra... Read More

Sonia Serano-04El debate de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al abordar el tema del matrimonio igualitario en Jalisco, abrió una nueva etapa en la defensa de los derechos de los ciudadanos, incluso por encima de las instituciones.

Tanto el presidente de la Corte, Luis María Aguilar, como la ministra Lucía Piña, reconocieron las atribuciones del Congreso del Estado para legislar, pero aclararon a los diputados que no pueden violar los derechos humanos.

Es decir, dejaron de lado las formas, que muchas veces atoran la justicia. Y no sólo en este punto, sino también cuando rechazaron la petición de los poderes Ejecutivo y Legislativo, para que se declarara improcedente la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, porque dijeron atacaba un texto del Código Civil que no había sido reformado.

Los diputados y el gobernador Aristóteles Sandoval Díaz tenían razón en las formas. La CNDH aprovechó una reforma al artículo 260 del Código Civil, en la que se estableció que sólo podían contraer matrimonio las personas mayores de 18 años, para acudir a la Corte. El ombudsman nacional aseguró que es inconstitucional que en ese artículo se señalara que el matrimonio sólo podía ser entre un hombre y una mujer.

Esa disposición ya había sido declarada inconstitucional por la Corte, para todos aquellos códigos civiles de los estados que la contuvieran; sin embargo, no había emitido una orden formal para anularlos o para que los Congresos de las entidades hicieran las reformas.

Los ministros rechazaron la petición de los poderes Legislativo y Ejecutivo, señalando que cualquier reforma a una ley, aunque sea de un tema diferente al impugnado, abre la puerta a la acción de inconstitucionalidad. También reconocían las atribuciones de los poderes, reiterando que por encima de eso estaban los derechos individuales, consagrados en la Constitución.

Finalmente, el debate se enfocó a las violaciones a los artículos primero y cuarto de la Constitución, porque el Código Civil de Jalisco impide a las personas disfrutar su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Directamente, los magistrados, afirmaron que era un texto discriminatorio.

¿Qué ganamos los jaliscienses con esta resolución, especialmente los jaliscienses heterosexuales? Primero, el precedente de que ningún argumento de forma podrá estar por encima de nuestras garantías individuales. Luego, el derecho a pararnos en la puerta de nuestra casa y decir a las autoridades que, hacia adentro, nosotros tomamos las decisiones. También la posibilidad de que en un país carcomido por la violencia, quienes se amen ganen una batalla.

La resolución de la Corte fue ya admitida por el Ayuntamiento de Guadalajara y seguramente lo harán otros municipios. Habrá actores políticos que quieran ganar tiempo y alargar su cumplimiento con argumentos dilatorios.

Y también habrá homosexuales que no estén interesados en el matrimonio pero eso, afortunadamente, ya será su decisión.

Periodista especializada en temas políticos. Ha cubierto esta fuente para Grupo Milenio, y ahora para el diario NTR. Conductora de un noticiario televisivo en Canal 44
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